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Artículo 264.
Documentos procesales.
Con la demanda, la
contestación o, en su caso, al comparecer a la vista de juicio
verbal, habrán de presentarse:
1.º El poder
notarial conferido al procurador siempre que éste intervenga y la
representación no se otorgue «apud acta».
2.º Los
documentos que acrediten la representación que el litigante se
atribuya.
Los documentos o
dictámenes que acrediten el valor de la cosa litigiosa, a efectos de
competencia y procedimiento |