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Artículo 284.
Forma de proposición de la prueba.
La proposición de
los distintos medios de prueba se hará expresándolos con separación.
Se consignará, asimismo, el domicilio o residencia de las personas
que hayan de ser citadas, en su caso, para la práctica de cada medio
de prueba.
Cuando, en el
juicio ordinario, las partes no dispusieren de algunos datos
relativos a dichas personas al proponer la prueba, podrán aportarlos
al tribunal dentro de los cinco días siguientes. |