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Artículo 33.
Designación de procurador y de abogado.
1. Fuera de los casos de designación de oficio previstos en la Ley de
Asistencia Jurídica Gratuita, corresponde a las partes contratar los
servicios del procurador y del abogado que les hayan de representar y
defender en juicio.
2. No obstante, el litigante que no tenga derecho a la asistencia jurídica
gratuita podrá pedir que se le designe abogado, procurador o ambos
profesionales, cuando su intervención sea preceptiva o cuando, no siéndolo,
la parte contraria haya comunicado al tribunal que actuará defendida
por abogado y representada por procurador.
Estas peticiones se harán y decidirán conforme
a lo dispuesto en la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, sin necesidad
de acreditar el derecho a obtener dicha asistencia, siempre que el
solicitante se comprometa a pagar los honorarios y derechos de los
profesionales que se le designen.
3. Cuando en un juicio de aquellos a los que se
refiere el número
1º del apartado 1 del artículo
250, alguna de las partes solicitara el reconocimiento del derecho a la
asistencia jurídica gratuita, el Tribunal, tan pronto como tenga noticia
de este hecho, dictará una resolución motivada requiriendo de los colegios
profesionales el nombramiento provisional de abogado y de procurador,
cuando las designaciones no hubieran sido realizadas con anterioridad, sin
perjuicio del resarcimiento posterior de los honorarios correspondientes
por el solicitante si se le deniega después el derecho a la asistencia
jurídica gratuita.
Dicha resolución se comunicará por el medio más
rápido posible a los Colegios de Abogados y de Procuradores,
tramitándose a continuación la solicitud según lo previsto en la Ley de
Asistencia Jurídica Gratuita.
[El
apartado 2 de este
artículo ha sido modificado por la
Ley 13/2009, de 3 de noviembre. Para
ver la redacción vigente haga click
aquí]
[El
apartado 3 de este artículo está redactado conforme a la
Ley 23/2003, de 10
de julio, de garantías en la venta de bienes de consumo (BOE núm. 165, de
11-07-2003, pp. 27160-27164)].
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